Acerca de la constitucionalización del Derecho Privado.
Resumen
La denominada “Constitucionalización del derecho privado” suscita algunas controversias en la doctrina por las diferentes posiciones asumidas en orden a su significado y alcance. Sin embargo, la introducción de los “nuevos derechos y garantías” en la re- forma constitucional de 1994, como también la valorable recepción legislativa de los derechos humanos (Art. 75, inc. 22, CN), que constituyen derechos fundamentales de jerarquía supranacional, exigen del Derecho Privado su adecuación a estas nuevas fuentes y no únicamente su subordinación (Art. 31, CN). El nuevo código civil y comercial no desatendió esa directiva, disponiendo su interpretación conforme a los Tratados sobre derechos humanos, los principios y los valores jurídicos, de modo coherente con todo el ordenamiento” (Art. 2 CCCN). La meritoria positivización de los Derechos Humanos, en la Constitución Nacional, impuso su aplicación en el nuevo código, fiel al efecto operativo de aquella.
Citas
CALVO COSTA, Carlos. (Dir) (2016) “Doctrina y Estrategia del Código Civil y Comercial”, Buenos Aires, La Ley.
GARRIDO CORDOBERA, L. M. R.(2006) “La negociación contractual y el análisis económico del Derecho en Análisis Económico”. Buenos Aires Ed. Heliasta.
LORENZETTI, Ricardo Luis. (2003) “Consumidores” (Primera Parte-Derecho Constitucional Protectorio). Santa Fe, Rubinzal Culzoni
PICASSO-VAZQUEZ FERREYRA (Directores) (2009). “Ley de Defensa del Consumidor – Comentada-“, Bs. As., La Ley.
RIVERA, Julio César y CROVI, Luis Daniel. (2018) “Derecho Civil – Parte General –“, Ed Abeledo Perrot.
ROSATTI, Horacio. (2017); “Tratado de Derecho Constitucional”, Ed Rubinzal-Culzoni
Revista de Derecho Privado y Comunitario (1994), “Derecho Privado en Reforma Constitucional”. Santa Fe, Ed. Rubinzal Culzoni.
ACADEMIA NACIONAL DE CIENCIAS MORALES Y POLÍTICAS (Anales, publicación) ACADEMIA DE DERECHO DE CORDOBA (PUBLICACIONES)