Tributación de las rentas financieras en el ámbito municipal

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.37767/3008-8216(2024)012

Palabras clave:

Municipalidad, Tasas, Ingresos brutos, Rentas financieras, Convenio multilateral

Resumen

Los Municipios han avanzado con la gravabilidad de actividades económicas a través de
la imposición de tasas, incluso, pretendiendo captar ingresos brutos provenientes de rentas financieras, lo cual, lógicamente, repercute en el costo de financiación de las empresas. Producto de la inflación, las empresas invierten sus excedentes en colocaciones e instrumentos financieros obteniendo como retribución un rendimiento o un resultado por su enajenación. Nos proponemos mediante el presente, analizar los aspectos centrales que debemos observar para decidir acerca de la viabilidad de que dichos ingresos tributen en el ámbito municipal.

Biografía del autor/a

  • Diego E. Rubio,

    Contador Público (Universidad Nacional de Córdoba). Abogado (UE SIGLO 21). Especialista en Tributación (Escuela de Graduados Facultad de Ciencias Económicas UNC). Diplomado en Procedimiento Tributario
    (Universidad Blas Pascal). Actualmente, Director de Impuestos en Lisicki, Litvin & Asociados. Docente en carreras de grado y posgrado: Universidad Nacional de Córdoba y del Comahue. Disertante en diversos cursos y  congresos dictados en la Asociación Argentina de Estudios Fiscales, Universidad Blas Pascal, Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba, Colegio de Escribanos de Córdoba, entre otros. Miembro de la Comisión de Estudios Tributarios del CPCE Córdoba. Coautor del libro “Código Tributario de Córdoba” comentado, Advocatus, 2022.
    Autor de diversas publicaciones en Revistas especializadas en Impuestos: Errepar Doctrina Tributaria, Práctica Integral Córdoba y Práctica Integral Santa Fe.  

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Publicado

2024-11-20

Cómo citar

Rubio, D. E. (2024). Tributación de las rentas financieras en el ámbito municipal. Revista De Estudio De Derecho Tributario, Contabilidad Y Auditoría │Universidad Blas Pascal, 2(2), 197-214. https://doi.org/10.37767/3008-8216(2024)012