¿Es legalmente posible que la evasión de tributos actúe como delito precedente del lavado de activos del art. 303 del C. P.?

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.37767/3008-8216(2025)007

Palabras clave:

Evasión tributaria, Lavado de activos, Delito precedente, Derecho penal económico, Principio de legalidad

Resumen

Esta colaboración se centra en el análisis de la posibilidad constitucional y legal de considerar a la evasión de tributos -según está prevista en el sistema penal argentino- como delito precedente o base del delito de lavado de activos con apego a su definición típica en el artículo 303 del Código Penal de la Nación, dispuesta por la ley 27.739 (B.O.N. 15/03/2024) En ese marco, habremos de establecer si el importe ahorrado con motivo de la omisión de tributar puede ser considerada como proveniente de un ilícito penal. 

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Biografía del autor/a

  • Mariano Longobardi

    Abogado (UNC). Especialista en Derecho Penal (UNC). Titular de Cátedra y Profesor de postgrado de Derecho Penal Económico. Autor de publicaciones de la especialidad y conferencista. Socio del estudio “De Allende, Gianotti, Aguirre Mosquera y Longobardi - ABOGADOS” 

  • Germán Gianotti

    Abogado UBP. Contador Público UNC. Profesor de grado y posgrado en materia tributaria y penal económica. Autor de publicaciones de la especialidad y conferencista. Socio del estudio “De Allende, Gianotti, Aguirre Mosquera y Longobardi - ABOGADOS”

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Publicado

2026-01-29

Cómo citar

Longobardi, M. ., & Gianotti, G. . (2026). ¿Es legalmente posible que la evasión de tributos actúe como delito precedente del lavado de activos del art. 303 del C. P.?. Revista De Estudio De Derecho Tributario, Contabilidad Y Auditoría │Universidad Blas Pascal, 3(3), 113-131. https://doi.org/10.37767/3008-8216(2025)007