Responsabilidad por incumplimiento al deber de información

Autores/as

  • Agustina Dallegre

DOI:

https://doi.org/10.37767/2591-3476(2018)19

Palabras clave:

Derecho a la salud, Consentimiento informado, Deber de información y Deber de alimentos, Indemnización, Denuncia por daño moral a futuro, Right to health, Informed consent, Duty of information and Duty of Nourishment, Compensation, Indemnification, Impeachment for future moral damage

Resumen

El deber de información se ve vulnerado por la parte demandada, viciando así el consentimiento informado de la actora, generando la responsabilidad del profesional junto con la obra social de indemnizar a la misma. El análisis se enfocará en cinco tópicos brindando conocimientos acerca de la ligadura de trompas de Falopio, precisando el deber de información, consentimiento informado, deber de alimentos, reparación integral y si existiría o no la posibilidad del niño de denunciar a sus padres a futuro por daño moral.

Referencias

VALLESPINOS, Carlos Gustavo, OSSOLA, Federico Alejandro (2016): La Obligación de Informar en los Contratos, Córdoba, Hammurabi.

SCHIRO, María Victoria (2017): Responsabilidad por daños intrafamiliar, Córdoba Astrea.

BERTOLDI DE FOURCADE, María Virginia (2015): Manual de Derecho Privado, Córdoba, Advocatus.

BERTOLDI DE FOURCADE, María Virginia (2015): “Teoría General de la Responsabilidad Civil” coord. STEIN, Patricia: Manual de Derecho Privado, Córdoba, Advocatus.

Medline plus (2018): Ligadura de Trompas de Falopio (https://medlineplus.gov/spanish/ency/article/002913.htm) (06 de agosto del 2018)

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Publicado

15.11.2018