La gestación subrogada y los desafíos de establecer la filiación: jurisprudencia y doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Autores/as

  • Aritz Duran Trigos Universidad Carlos III de Madrid

DOI:

https://doi.org/10.37767/2591-3476(2023)14

Palabras clave:

Derecho a la vida familiar, Derecho a la vida privada, Filiación, Gestación subrogada, Padres de intención, Right to family life, Right to privacy, Filiation, Surrogacy, Intended parents

Resumen

La gestación subrogada es una práctica cada vez más extendida sobre la que no existe consenso social ni político. La filiación de los menores nacidos mediante esta técnica plantea grandes dificultades tanto a nivel jurídico como ético, especialmente de aquellos nacidos en un estado extranjero, pues encontraremos situaciones que enfrentan un juicio donde se ha de determinar si prevalece la norma nacional o lo éticamente exigible, es decir, el reconocimiento de la filiación. Está claro que los estados deben garantizar el interés superior del menor así como el correcto desarrollo de su identidad. Por esto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos(TEDH) ha dado una respuesta clara a los casos planteados: Los estados han de garantizar el derecho a la vida privada del menor, protegido en el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos(CEDH), garantizando, pues, el correcto desarrollo de su identidad, y siempre velando por su interés superior.

El caso A.M. v. Noruega, viene a confirmar la línea jurisprudencial seguida por el Tribunal en estos casos, asegurando, así, que el reconocimiento del vínculo de filiación con al menos uno de los padres intencionales es garantía suficiente de la protección del derecho a la vida privada del menor.

Biografía del autor/a

  • Aritz Duran Trigos, Universidad Carlos III de Madrid

    Estudiante de Derecho y Administración de Empresas, en la modalidad bilingüe, en la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M). 

Referencias

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Publicado

27.12.2023