El control estatal sobre el autocultivo de cannabis con fines medicinales

Autores/as

  • Eugenia Álvarez Universidad de Buenos Aires

DOI:

https://doi.org/10.37767/2591-3476(2023)24

Palabras clave:

Autocultivo, Cannabis, Control Estatal, Fines Medicinales, Derecho a la Salud, Self cultivation, State Control, Medicinal Purposes, Public health

Resumen

El presente trabajo tiene por objeto analizar lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación con fecha 5 de julio de 2022 en el marco de la causa caratulada “Asociación Civil Macame y otros c/ Estado Nacional Argentino - P.E.N. s/ amparo ley 16.986”, en la cual se trató la acción de amparo interpuesta por una asociación civil junto con un grupo de madres a fin de que se les garantizara el acceso gratuito al aceite de cannabis sin forzar a los niños a someterse a un programa estatal de investigación experimental, y cuestionando toda aquella norma que prohibiera el autocultivo para el consumo medicinal de los menores de edad a su cargo.  El máximo tribunal rechazó por unanimidad la acción intentada, afirmando que el Estado se encuentra obligado por nuestra Constitución Nacional  a adoptar medidas tendientes a salvaguardar el derecho a la salud, y que el registro creado con tales fines –Reprocann– implicaba un control estatal razonable.

Biografía del autor/a

  • Eugenia Álvarez, Universidad de Buenos Aires

    Estudiante de Abogacía (UBA). Ayudante alumna de la Cátedra de Obligaciones Civiles y Comerciales (UBA). Se desempeña como escribiente de la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. 

Referencias

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Publicado

27.12.2023