La autonomía de la voluntad en los contratos comerciales internacionales con una parte negociablemente débil:
desafíos inherentes y posibles soluciones
DOI:
https://doi.org/10.37767/2362-5325(2024)009Palabras clave:
Contratos comerciales internacionales, Parte negociablemente débil, Contratos de libre discusión, Contratos con cláusulas esándar no negociadas, Autonomía de la voluntad confictual, Recomendaciones, Buenas prácticasResumen
I. Necesidad de subsanar la escasa o nula atención que en general se presta a los contratos comerciales internacionales con una parte negocialmente débil. a) Distinción entre contratos de libre discusión y contratos con cláusulas estándar no negociadas. b) La labor del Comité Jurídico Interamericano de la OEA. c) La utilidad práctica del documento elaborado por el CJI para los operadores jurídicos.
II. Los contenidos del documento del CJI. a) Presentación del tema. b) Argumentos a favor y en contra de la admisión de la autonomía conflictual en los contratos de adhesión.
III. El cuestionario y sus respuestas como base del Informe y sus Recomendaciones y otras consideraciones. a) El objetivo del cuestionario circulado a can cillerías y especialistas por el Departamento de Derecho Internacional de la OEA. b) El feedback recibido a través de las respuestas al cuestionario. c) Otras consideraciones.
IV. Recomendaciones y posibles Buenas Prácticas respecto de contratos comerciales internacionales con una parte negocialmente débil. a) Objetivos de estas recomendaciones y posibles buenas prácticas y su justificación. b) Recomendación 1. Existencia y validez del consentimiento de ambas partes del contrato. c) Recomendación 2. Documentación del acuerdo expreso de elección de ley o de juez y carga de la prueba del consentimiento. d) Recomendación 3. Interpretación general de las cláusulas de elección de foro y/o ley incluidas en contratos de adhesión o equivalentes. e) Recomendación 4. Interpretación específica de las cláusulas de elección de foro incluidas en contratos de adhesión o equivalentes. f) Recomendación 5. Aceptación de la cláusula de elección de foro incluida en contratos de adhesión o equivalentes por la parte que adhiere. g) Recomendación 6. Interpretación específica de las cláusulas de elección de ley incluidas en contratos de adhesión o equivalentes. h) Recomendación 7. Justicia sustantiva en el caso concreto. i)Recomendación 8. Leyes de policía, de aplicación inmediata o necesaria. j) Recomendación 9. Orden público internacional.
V. Conclusiones.
Referencias
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