Legitimación activa amplia en el Amparo
Resumen
El Dr. Miguel Carlos Espina Leupold invocó su calidad de abogado del Foro de la Provincia de Córdoba para solicitar, por intermedio de un Amparo, la inconstitucionalidad de los Arts. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 19, 20, 21 de la Ley 27.610 (Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo). La acción fue rechazada in límine por falta de legitimación procesal.
En el presente comentario analizo los requisitos necesarios para la procedencia de la acción de amparo teniendo en miras el bloque de constitucionalidad.
Citas
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