El Derecho a la Salud no entiende de tiempos
DOI:
https://doi.org/10.37767/2591-3476(2021)19Palabras clave:
Fibrosis quística, Derecho a la salud, Acción de amparo, Política pública sanitaria, Repercusión mediática, Cystic fibrosis, Right to health, Amparo action, Public health policy, Media impactResumen
La justicia de la provincia de Córdoba hizo lugar al pedido de una medida cautelar autorizando el 100% de la cobertura del medicamento TRIKAFTA para el tratamiento de fibrosis quística. Se trata de una joven, Sabrina Monteverde, quien padece esta enfermedad poco frecuente y que dado al estado grave de salud que atraviesa, debió iniciar acción de amparo contra Apross.
Si bien, no es el primer caso de un paciente que requiere la medicación mencionada, la historia de Sabrina resonó en los medios de comunicación, alcanzando rápidamente una gran adhesión y apoyo social.
Poco tiempo después de esta resolución, el Congreso de la Nación Argentina sancionó la Ley 27.552 de lucha contra la enfermedad de fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis. Ley que permitió al Estado Nacional dar un paso firme en la protección de los derechos humanos fundamentales de un grupo vulnerable de nuestra sociedad.
Adicionalmente, para ese tiempo, Argentina estaba comenzando a sentir el peso de las primeras medidas del aislamiento social preventivo y obligatorio en torno a la pandemia mundial, ocasionada por el COVID-19.
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