El principio de razonabilidad en la cobertura de las prestaciones de salud
DOI:
https://doi.org/10.37767/2591-3476(2018)11Palabras clave:
Niños, Niñas y Adolescentes, Obra Social del Poder Judicial, Derecho a la Salud, Razonabilidad, Personas con Discapacidad, Children and Adolescents, Social Work of the Judicial Power, Right to Health, Reasonability, People with DisabilitiesResumen
El siguiente artículo tiene por objeto analizar, a partir de un fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cual es el alcance de la frase “cobertura integral de las prestaciones de salud en caso de discapacidad” y que parámetro deben utilizar los prestatarios públicos y privados al momento de otorgar las mismas.
Referencias
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (2014): Discapacidad y Salud, disponible en: http://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/disability-and-health (consultado el 16/07/2018).
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (2014): Los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, disponible en: http://www.un.org/spanish/disabilities/default.asp?id=1192 (consultado el 16/07/2018).
QUIROGA LAVIE, Humberto; BENEDETTI, Miguel Ángel; y CENICACELAYA, María de las Nieves (2009): Derecho Constitucional Argentino, 2 ed. Rubinzal Culzoni, Buenos Aires.
ROSALES, Pablo Oscar (2005): La discapacidad en el Sistema de Salud Argentino: Obras Sociales, Prepagas y Estado Nacional, Ley 24.901 y Normas complementarias, Lexisnexis, Bs. As.
SAGÜÉS, Néstor Pedro (2013); “De la Constitución Nacional a la Constitución “convencionalizada”; JA 2013- IV; SJA 2013/10/09-53.
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2018 Revista Derecho y Salud | Universidad Blas Pascal
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0.